El Gobierno amplía la prórroga para que las empresas del covid no contabilicen sus pérdidas hasta 2026
Incluye esta medida en el decreto que aprobará este martes para paliar el impacto de los aranceles, que negocia con el PP

El Gobierno ha decidido extender la posibilidad de que los negocios afectados por la pandemia no contabilicen aún las pérdidas derivadas de aquel 'shock' económico en plena crisis provocada ahora por la imposición de los aranceles de Estados Unidos. Las empresas no estarán obligadas a ... computar esas pérdidas a la hora de determinar si ese negocio debía optar por la disolución del mismo.
En concreto, las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 no se tomarán en consideración hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2026, según el texto al que ha tenido acceso ABC, aliviando la presión que existía ya sobre estos negocios. Además, se ofrece a estas corporaciones un plazo adicional de un trimestre para la formulación de sus cuentas anuales, para cubrir los tres meses en los que esta medida no ha estado en vigor a principios de año, tras haber sido rechazada por el Congreso en el decreto 'ómnibus' de enero.
El proyecto de decreto que está preparando el Ejecutivo incluye la prórroga de esta medida de la suspensión, aprobada inicialmente por el coronavirus en 2020, y fue prorrogada en varias ocasiones, como consecuencia del volcán de La Palma, hasta llegar a la dana de Valencia de finales del año pasado. Entonces, el Consejo de Ministros volvió a incluirla en el decreto 'ómnibus' de finales de 2024, que fue rechazado en enero en el Congreso, sin que haya encontrado la oportunidad legislativa de reactivarlo. Lo hará este martes a la espera de que el Ministerio de Economía perfile con el PP los términos del nuevo programa de ayudas tras las conversaciones que mantuvieron el ministro Carlos Cuerpo y el responsable económico popular, Juan Bravo, la semana pasada.
En concreto, el artículo 6 del borrador del decreto permite a las empresas no computar estas pérdidas a efectos de calcular si el patrimonio neto de la sociedad había quedado por debajo de la mitad del capital social, momento en que la sociedad habría entrado en causa de disolución obligatoria.
La suspensión de la causa de disolución por pérdidas prevista en la Ley de Sociedades de Capital por los números rojos de los años 2020 y 2021, modificaba el régimen de suspensión permitía a las empresas no tener en cuenta las pérdidas esos dos años.
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