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El juez da la razón a la hermana de Miguel Ángel Blanco y frena la apelación de 'Iñaki de Rentería' contra su imputación

La acusación particular advirtió de que no se podía tener por presentado porque había un defecto formal ya insubsanable

La diputada de la Asamblea de Madrid y hermana del concejal asesinado por ETA en Ermua, Marimar Blanco, interviene en el homenaje a Miguel Ángel Blanco EFE

EP

El juez de la Audiencia Nacional (AN) que investiga a la ex cúpula de ETA por su implicación en el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997 ha decidido no tener por presentado el recurso de apelación que formuló el ex dirigente etarra Ignacio Miguel Gracia Arregui, alias 'Iñaki de Rentería', contra su imputación, al apreciar un defecto de forma que fue puesto de manifiesto por la hermana del joven concejal del PP en Ermua.

En un auto de este mismo jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, estima el recurso presentado por la acusación particular que ejerce Marimar Blanco, corrigiendo así una providencia del pasado 23 de noviembre donde se decía que se tenía por presentada la impugnación de 'Iñaki de Rentería'.

Así, el juez acuerda «la reforma de la providencia de fecha 23 de noviembre de 2022 en el sentido de inadmitir el recurso de apelación interpuesto« por el antiguo integrante del comité ejecutivo de ETA o zuba.

Marimar Blanco advirtió, en un recurso firmado por el abogado Miguel Ángel Rodríguez Arias, de que la impugnación de Gracia Arregui ante la Sala de lo Penal de la AN no podía tenerse por presentada en «tiempo y forma» –como rezaba la providencia ahora enmendada– porque había incurrido en un error de forma grave que a estas alturas ya es insubsanable.

Según indicaba, este error consistía en que la defensa de 'Iñaki de Rentería' no cumplió con el «claro deber legal» de dar traslado previo de su recurso de apelación a la procuradora de Marimar Blanco, Elena Llarena, tal y como establece el artículo 276 de la LEC.

El abogado explicaba, citando numerosa jurisprudencia del Supremo y del Constitucional, que se trata de un defecto insubsanable por cuanto el 18 de noviembre expiró el plazo para recurrir la decisión de García Castellón de imputar al ex jefe de ETA y el día 29 venció el legalmente fijado para poder enmendar este fallo procesal.

Así las cosas, sostenía que el recurso de apelación de 'Iñaki de Rentería' debía obviarse y, en consecuencia, considerar firme el auto del 10 de noviembre por el que quedó investigado.

No obstante, al mismo tiempo el instructor ha admitido este jueves el recurso de reforma del dirigente etarra contra la decisión que el propio García Castellón tomó en dicho auto de reabrir la causa para Gracia Arregui.

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