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Estas son las personas que podrán trabajar y cobrar la pensión en España a partir de ahora

La reforma introduce cambios en las modalidades de jubilación, activa, demorada y parcial

Los jubilados podrán cobrar el 100% de su pensión y trabajar desde hoy

Las personas que podrán trabajar y cobrar la pensión en España a partir de ahora EFE
Virginia López Esplá

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Este martes 1 de abril entró en vigor un nuevo eje de la reforma de las pensiones que impulsó durante la pasada legislatura el exministro José Luis Escrivá. Se trata de una reforma que busca mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo mediante modificaciones en la jubilación activa, parcial y demorada.

Según explicó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, son medidas que «facilitan a los trabajadores que el tránsito hacia su jubilación tenga la suficiente flexibilidad para adaptarse a las condiciones y situaciones de cada uno de ellos».

La nueva reforma de las pensiones

El objetivo último de esta reforma es ahorrar en pensiones en un momento en el que el sistema está débil. Asimismo, los pensionistas que retrasen su edad de jubilación recibirán ciertos incentivos. Esta reforma afecta a los trabajadores que estén cerca de la edad de jubilación y que alarguen el momento del retiro o, incluso, aquellos que ya hayan cumplido con la edad ordinaria como es el caso de la jubilación activa. Estos son los cambios:

Los trabajadores que se pueden jubilar y cobrar la pensión

La jubilación activa permite a los trabajadores que hayan alcanzado la edad de jubilación compatibilizar durante un tiempo determinado la pensión y su salario. Se permite de esta manera cobrar al tiempo el trabajo y la pensión, incrementando el porcentaje a aplicar en el recibo de la prestación según una escala año a año.

A partir del primer año se podrá cobrar el 45% de la pensión en el primer ejercicio. Este porcentaje sube hasta el 100% en cinco años.

Así queda la jubilación activa

  • Pueden acceder tanto autónomos como trabajadores por cuenta ajena

  • Haber cumplido la edad legal de jubilación

  • Se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa

  • Será compatible con incentivos de demora

La jubilación parcial es aquella que pueden pedir quienes están próximos a la edad de jubilación ordinaria que corresponda. Es por ello que se puede acceder a partir de los 62 años y suelen optar por ella personas que quieren ir reduciendo su carga de trabajo gradualmente. En los supuestos en que la empresa cuente con un trabajador reservista se le mejoran las condiciones y este tendrá que tener un contrato indefinido y a tiempo completo.

Así queda la jubilación parcial

  • Se amplía de dos a tres años la opción de anticipo de la jubilación parcial

  • La reducción de jornada durante el primer año del acceso a la jubilación parcial será entre el 20% y el 33%

  • Obligatoriedad de haber cotizado al menos 33 años a la Seguridad Social

  • Los últimos seis años se deben haber desarrollado en la misma empresa

Por último, la reforma introduce nuevos incentivos a la jubilación demorada ya que posibilita recibir un incentivo adicional del 2% por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo por cada doce meses.

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