Cambios en la Declaración de la Renta: novedades, deducciones y así te afecta si eres autónomo
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Aunque todavía faltan unos meses para hacer la declaración de la Renta correspondiente al año 2023, y que se presentará a mediados de este 2024, cada año existen ciertas novedades que conviene tener en cuenta con tiempo para hacer la declaración de manera correcta.
La fecha de la declaración de la Renta
La primera novedad a tener en cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Declaración de la Renta) es el cambio de fecha respecto a 2023.
Como ha informado Hacienda, se deberá presentar el borrador de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 a partir del 3 de abril, es decir, se adelanta respecto a la campaña anterior y será una campaña más extensa de lo habitual. El último día para presentar la declaración será el 1 de julio debido a que el día 30 de junio es domingo.
Plazos para presentar la declaración de la Renta
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Internet: del 3 de abril al 1 de julio
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Teléfono: del 7 de mayo al 1 de julio (cita previa del 29 de abril al 28 de junio)
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Presencial: del 3 de junio al 1 de julio (cita previa del 29 de mayo al 28 de junio)
Aumenta el mínimo exento
En la renta correspondiente al ejercicio 2023 aumenta el mínimo exento hasta los 15.000 euros. Para 2024 (lo que afectará ya a la campaña de 2025), este límite volverá a aumentar, en este caso hasta los 15.876 euros, debido al aumento del salario mínimo.
Algunas deducciones de la declaración de la Renta 2023
En cuanto a las deducciones que habrá que tener en cuenta para este ejercicio, destacan las de materia de vivienda. Hasta el 31 de diciembre de 2024 se han extendido las deducciones sobre reformas para que las viviendas sean más sostenibles. Podrán deducirse hasta un 60%.
También la reducción por los rendimientos del trabajo sube hasta los 21.000 euros.
Se mantienen las deducciones por aportaciones a planes de pensiones sujetas a un límite de 1.500 euros anuales. Para los planes de empleo, el límite se eleva hasta los 8.500 euros.
Hasta ahora, existía una deducción por maternidad para hijos menores de 3 años de 1.200 euros anuales por cada hijo. Por orto lado, el Supremo ha reconocido que las madres en situación activa de empleo que dejen a sus hijos en guarderías de custodia tendrán a partir de ahora el mismo derecho a aplicarse la ampliación de 1.000 euros en la deducción por maternidad de IRPF.
Asimismo, Hacienda informa que por un hijo nacido antes del 2023 también la madre puede tener derecho a la deducción por maternidad, a partir del 1 de enero de 2023, siempre que en el momento del nacimiento percibiese prestación de desempleo o estuviese de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o en cualquier momento posterior al nacimiento cotice un período mínimo de 30 días a la Seguridad social o mutualidad.
En cuanto a las deducciones por sistema de recarga, Hacienda recuerda que «si, desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, abonas cantidades destinadas a instalar, en un inmueble de tu propiedad, sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos siempre que la instalación no esté afecta a una actividad económica» se tendrá derecho a la deducción. La base máxima de deducción son 4.000 euros.
Los vehículos eléctricos enchufables tienen derecho a deducción por su compra a partir del 28 de junio de 2023 pudiendo desgravar hasta el 15% del dinero pagado.
Deducciones para la declaración de la Renta
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Deducciones por vivienda sostenible
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Reducción sobre los rendimientos del trabajo
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Deducciones por maternidad
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Deducción por sistemas de recarga
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Deducciones por vehículos eléctricos enchufables
¿Cómo te afecta si eres autónomo?
En el caso de los autónomos, deben tener en cuenta que todos los autónomos que hayan estado al menos un día de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deben presentar la declaración de la Renta independientemente de sus ingresos.
Esto quiere decir que los que se dieron de alta en 2023 también deberán hacer la declaración con independencia de sus ingresos obtenidos.
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