OPERACIÓN JUDAS
La Audiencia de Barcelona amnistía a los once guardias civiles a los que un CDR acusó de torturas
El tribunal de la Sección Tercera archiva las pesquisas tras la querella que presentó Jordi Ros, y que ya desestimó un juzgado de Sabadell
La Audiencia ordena investigar a once guardias civiles por posibles torturas a un CDR detenido en la operación Judas

La Audiencia de Barcelona ha amnistiado a los once guardias civiles a los que uno de los detenidos durante la operación Judas, Jordi Ros, acusó de torturas, tanto durante las entradas y registros, sin permitirle la designación de abogado, como en el ulterior ... traslado a Madrid con paradas en las dependencias de de Sant Andreu de la Barca (Barcelona) y la comandancia de Tres Cantos.
En su resolución, fechada el pasado 7 de marzo y consultada por ABC, la Sección Tercera archiva así la investigación, aunque descarta valorar si hay indicios o no de criminalidad en la actuación del Instituto Armado al entender que los hechos descritos se enmarcan en lo recogido por la ley del olvido penal.
Así, aunque la defensa de Ros alegó que los hechos denunciados no se encontraban amparados por la amnistía, al producirse «una vez que el recurrente se encontraba detenido y bajo custodia policial», la Audiencia indica lo contrario, al apuntar que la ley recoge su aplicación para aquellas «acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa», relacionadas con las consultas independentistas de Cataluña.
Apuntan los magistrados que, aunque comparten el argumento del recurso de que «toda actuación policial, en tanto que ejercicio de la potestad represora del Estado, tiene que venir guiada por un respeto escrupuloso a los derechos fundamentales, y, en consecuencia, la utilización de la violencia se tiene que reducir a aquellos supuestos donde es estrictamente necesaria», en este caso «no basta con afirmar genéricamente» que se produjeron los hechos denunciados para excluir a los guardias del olvido penal.
Recuerdan también los jueces que en el auto recurrido se afirma que Ros se limitó a ratificarse en el relato de la querella, «sin describir ni aportar más datos sobre cómo se habrían producido los hechos, no los detalló ni explicó, ni ofreció más datos sobre cómo habrían ocurrido las supuestas amenazas, coacciones y el trato degradante».
Así, la Audiencia concluye que «las actuaciones llevadas a cabo por los agentes investigados» encuentran amparo en la amnistía. Una decisión del tribunal después de que Alerta Solidaria recurriese la decisión de un juzgado de Sabadell que, este pasado enero, archivó la querella de Ros contra los guardias, por torturas, amenazas y coacciones. En un auto, la magistrada apuntó que no existían indicios de delito y por ello ordenó el sobreseimiento provisional del caso.
Para ello, la titular del Juzgado de Instrucción 2 de Sabadell apuntó que Ros, durante su declaración, sólo ratificó la apuntado en su querella, sin aportar ningún «dato más sobre cómo se habrían producido los hechos que denuncia», y que «no los detalló ni los explicó».
Tampoco «ofreció datos sobre cómo habrían ocurrido las presuntas amenazas, coacciones y el trato degradante» sino que «se limitó a indicar que cuando lo detuvieron no le informaron de sus derechos, que sí le enseñaron un papel que no le dejaron leer diciéndole que ya tendría tiempo para hacerlo y que no le facilitaron acceso a un abogado».
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