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El Ayuntamiento de Córdoba suma 75 pleitos que le reclaman 20 millones de indemnización por la recogida neumática de basura
La batalla judicial estará resuelta en un año y las sentencias de los grandes casos de comunidades, promotoras y juntas de compensación comenzarán esta primavera
El Ayuntamiento anuncia una «estrategia jurídica» frente a la avalancha de demandas por la recogida neumática de basura

La gran batalla judicial por el anulado sistema de recogida neumática de residuos en Córdoba está todavía por librarse y resolverse, a pesar de que el Ayuntamiento de la ciudad ha ganado los dos primeros casos en los juzgados. Sin embargo, se trata de ... dos supuestos «muy puntuales» por los que «no hay que tirar cohetes» y mantener «la prudencia» sobre lo que pueda suceder «con los grandes casos», aseguraron este viernes a ABC desde Capitulares.
Han sido sentencias de reclamaciones presentadas por particulares que, sostienen estas fuentes, no tendrán una incidencia directa en lo que pueda ocurrir con las grandes causas pendientes, que son las reclamaciones de tres grupos: comunidades, promotores y juntas de compensación. En la asesoría jurídica del Ayuntamiento hay casi 75 casos (el viernes mismo entró uno más) que están en tramitación en los juzgados de la ciudad. Las reclamaciones económicas que se solicitan ascienden a 20 millones de euros.
Entre los tres grupos de reclamantes principales están, en primer lugar, las comunidades de propietarios (que incluyen también alguna mancomunidad). En segundo lugar, los promotores de las viviendas que instalaron el sistema por el coste en el que incurrieron para colocar las redes en los bloques que luego vendieron a los particulares. En tercer lugar, las dos juntas de compensación por la instalación de las tuberías generales de las calles en los planes en las que actuaron.
El primer bloque, el más numeroso, recoge hasta cuatro casuísticas diferentes. Entre las comunidades hay hasta cuatro tipos de reclamaciones diferentes: primero, las que reclaman el coste de la instalación de las redes del sistema de recogida neumática en sus edificios/urbanizaciones; segundo, las comunidades que, además de aquello, le unen la reclamación por el valor que habrían incurrido de la red general fuera de sus edificios (esta reclamación coincide y colisiona con lo que piden también las juntas de compensación); tercero, las comunidades de viviendas de protección oficial (VPO), que reclaman a pesar de que tienen la peculiaridad de que tenían un precio máximo en su vivienda independientemente de contar con el sistema de basura o no; y cuarto, las comunidades que nacieron de edificios y urbanizaciones realizadas por autopromotores, las de más difícil defensa para el Consistorio.
A estos colectivos se le añade un caso muy peculiar con la reclamación presentada por la empresa concesionaria del centro deportivo Open Arena en Poniente, que tuvo que instalar el sistema y buscar una alternativa para hacerlo cuando las pistas ya estaban realizadas. Como solución, instaló un pequeño depósito en la 'fachada', pero hasta allí tendrían que llevar los residuos de forma manual (en carretilla). Ahora, solicita el coste de esta instalación inservible.
Los plazos
Actualmente, hay causas judiciales de estos tres grandes colectivos, los casos más importantes por su volumen y por la indemnización solicitada, en los cuatro juzgados Contencioso-Administrativo de Córdoba. El primer grupo de sentencias de estos grandes casos que permitan tener una visión de qué posición debe tomar el Ayuntamiento llegarán antes del verano. En concreto, las fuentes consultadas por ABC explican que estarán durante la primavera. De hecho, hay causas que están en la fase de prueba durante el juicio, por lo que las sentencias llegarán en cascada previsiblemente «antes de la Feria de Córdoba».
Hay dos caminos posibles. Si el primer grupo de resoluciones de estos colectivos le da la razón al Ayuntamiento, las comunidades, promotores y juntas de compensación tendrán abierta la vía de recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en segunda instancia si la reclamación supera los 30.000 euros.
Hay tres grupos de reclamantes: comunidades de propietarios, los promotores y también las juntas de compensación
Si el primer grupo de sentencias de los colectivos importantes no le da la razón al Ayuntamiento y le obliga a indemnizar a comunidades, promotores y/o juntas de compensación, el Consistorio deberá tomar una posición: recurrir siempre que vea opciones de salvar la situación en segunda instancia o acatar la decisión de los juzgados de las primeras resoluciones y abonar las indemnizaciones a los reclamantes enjuiciados y no enjuiciados.
Con ello, evitaría un aumento del coste económico a las arcas municipales si le volvieran a condenar en el TSJA, ya que previsiblemente tendría que asumir las costas. Todo dependerá de la decisión de los juzgados en primera instancia, pero también de los argumentos de la resolución, aunque sea desfavorable para Capitulares.
En cualquier caso, la estimación desde el Ayuntamiento de Córdoba es que todo el proceso esté finiquitado (segunda instancia incluida si llega el caso) en la primavera del próximo año 2026. El final de este embrollo político-judicial también podría acabar incluso este verano. Este supuesto sería el más adverso para el Consistorio y sólo se daría si recibiera varias sentencias contrarias durante esta primavera y decidiera no recurrir en segunda instancia para evitar costas y un daño mayor aún.
Sentencia a particulares y devoluciones por 2,2 millones
De momento, las dos primeras sentencias dictadas sobre esta materia han sido por dos reclamaciones presentadas por particulares, que han sido resueltas por los juzgados Contencioso-Administrativo número 1 y 3 de Córdoba, según desveló el jueves el orden del día de la Junta de Gobierno Local del próximo lunes. El órgano municipal tomará conocimiento de estas dos resoluciones que le dan la razón al Ayuntamiento, que no tendrá que indemnizar económicamente a los propietarios que presentaron estas demandas (lo hicieron tras el silencio negativo a sus reclamaciones patrimoniales en vía administrativa).
Los dos juzgados consideran que no ha quedado debidamente acreditado y probado «el daño económico» producido en la elevación del coste de su vivienda, alegado por los demandantes, debido a la instalación del sistema de recogida neumática que fue anulado por el TSJA. No son recurribles, ya que la reclamación era inferior a 30.000 euros.
La victoria judicial tiene el contrapeso del primer revés en vía administrativa. Una decena de propietarios del PP-O1 logró las primeras devoluciones de dinero y avales (50.000 euros), como avanzó ABC hace un año. El Consistorio luego reconoció la devolución de 2,2 millones por estos conceptos.
Ahora, los tres grandes grupos (comunidades, promotores y juntas de compensación) de reclamantes de los casos más importantes ya conocen que tendrán, precisamente, que demostrar y justificar debidamente este daño económico en las vistas judiciales si quieren ganar sus pleitos.
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