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Comprobar la veracidad de los documentos de Bárcenas, el próximo paso de Ruz

Acusaciones populares creen que el extesorero del PP «se ha inmolado» con su declaración judicial

Comprobar la veracidad de los documentos de Bárcenas, el próximo paso de Ruz afp

n. villanueva

« Luis Bárcenas no ha aportado gran cosa más allá de un mayor nivel de autoincriminación. Jurídicamente se ha inmolado». Así de descriptiva se mostraba ayer una de las acusaciones populares presentes en el interrogatorio del extesorero ante el juez Pablo Ruz . El letrado en cuestión es consciente, como parece que también lo son muchos de sus compañeros, del escaso recorrido que la causa de los «papeles de Bárcenas» tiene para terceros desde el punto de vista judicial.

Documentos escritos en fechas que se desconocen, supuestos sobresueldos sin «recibís» y que los acusados de haberlos percibido niegan, y la palabra de un extesorero contra la de su antecesor Álvaro Lapuerta no han hecho sino complicar aún más la estrategia de defensa de Bárcenas , quien, según esas fuentes, «se ha metido en la boca del lobo» al reconocer que participó en un sistema de financiación irregular. «Ha cambiado una defensa seria por la línea editorial de un periódico, y esto solo va a perjudicarle», auguran fuentes jurídicas.

Autoría y veracidad ¿Pruebas prefabricadas?

Una de las primeras cuestiones que tendrá que investigar el juez Ruz es la autenticidad de los documentos que el extesorero ha llevado al juzgado y que, según él, probarían la existencia de esa doble contabilidad. Se trata de nueve carpetas de distintos colores y un pendrive. En toda esta documentación solo hay un «recibí». El juez ya ha ordenado digitalizar todos los documentos y hoy mismo se realizará la apertura y clonado del pendrive.

Será el magistrado el que tendrá que depurar esta documentación y estar muy atento a una posible prefabricación de pruebas , para lo que, en caso de papeles escritos de su puño y letra, serán necesarias pruebas periciales caligráficas con las que se pueda constatar que el documento en cuestión fue elaborado por Bárcenas en una fecha anterior a su imputación.

¿Su contenido es delictivo?

Tras el examen de los documentos, el juez puede concluir que no hay delito, falta ni infracción administrativa; que hay infracción administrativa pero no delito; que hay delitos y no infracciones administrativas; o que hay ambas cosas. Todos los delitos que enumeran las querellas están relacionados con el mismo hecho: los presuntos pagos de constructores al partido a cambio de adjudicaciones y el reparto de este dinero entre el extesorero y los dirigentes de Génova. De momento, al único al que se han pedido explicaciones sobre el origen de sus 48 millones de euros en Suiza es a Bárcenas . El juez rechazó en su momento indagar en las declaraciones de la renta de cuarenta dirigentes del partido, que, a su vez, para haber cometido delito fiscal tendrían que haber defraudado más 120.000 euros. Por debajo de esa cantidad sería una infracción administrativa (siempre y cuando no declararan esos ingresos), y habría prescrito a los cinco años.

Nuevas imputaciones. Delito electoral

Bárcenas podría haber incurrido en un delito de cohecho , pero el propio extesorero se curó en salud al asegurar que los pagos de los empresarios fueran «finalistas»; es decir, que se llevaran a cabo con un fin concreto, con lo que el delito pierde uno de sus componentes esenciales. Los empresarios, a su vez, no habrían incurrido en delito si las donaciones al partido eran inferiores a 60.000 euros, pues la ley lo permitía. Una de las acusaciones populares culpa a Bárcenas y Lapuerta de haber vulnerado en el artículo 149 de la ley electoral : «Los administradores generales y de las candidaturas de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que falseen las cuentas, reflejando u omitiendo indebidamente en las mismas aportaciones o gastos o usando de cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables, serán castigados con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses».

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